Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano RENE ALEXANDER GUERRERO ARDILA, de nacionalidad Venezolana (adquirida), natural de Cúcuta, Colombia, nacido en fecha 11-11-1975, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio diseñador, hijo de Elia Guerrero y María Graciela Ardila de Guerrero, residenciado en La Vega, Calle El Cementerio, casa Nº 37-A, Urbanización Los Pinos, Caracas y Titular de la Cédula de Identidad No. V-13.364.190, de conformidad con lo establecido en el articulo 60 de la Ley Orgánica contra El Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en concordancia con el ordinal 1º del artículo 479.....