En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, en sede CONSTITUCIONAL, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos OSWALDO LADERA y JENNY LOURDES MARIÑO DE LADERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-6.485.575 y V-8.176.502, respectivamente, asistidos judicialmente por el Abogado CARLOS MANUEL MEDINA MEZA, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 43.208, contra la sentencia proferida por el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, en fecha 29 de Diciembre del 2020, la cual declaró CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional incoada por las ciudadanas KATIUSKA JISELA GONZALEZ FERNANDEZ y MARINELLY PILAR CAPOTE MATA, titu.....