Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de la ciudadana MARIA DEL ROSARIO RAMOS RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Santa Cruz de Tenerife - España, nacida en fecha 21-04-1957, de 56 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Obrera, hija de FELIPA RODRÍGUEZ (v) y JACOBO RAMOS (f), identificada con la cédula de identidad Nº 6.918.730, residenciada en: Sector El Junquito, Carretera Principal, Parcela 22, Tibroncito, Parroquia El Junko, estado Vargas, Teléfono: (0426) 608.37.93, ello en virtud de una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesta a la prenombrada penada, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 471, 488 y 497, todos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos:
A la ciudadana MARIA DEL ROSARIO RAMOS RODRIGUEZ, se .....