Por todos los razonamiento antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD Del imputado IVAN GERARDO FLORES, Venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-6.174.110, Natural de Caracas, nacido en fecha 20-11-1965, de 39 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Contador, hijo de Ana Paula Flores Zambrano (v) y Antonio Álvarez (v), Residenciado en la Calle Internacional Las Acacias, Edificio Penta, Piso 01, apto 12, Paseo las Acacias, Caracas, Distrito Capital, Teléfono 0212-6328953, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, numerales 1°, 2° y 3°, en concordancia con los ordinales 2°, 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al haber sido detenido por la p.....