DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONFORME AL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se DECLARA CULPABLES Y RESPONSABLES PENALMENTE a los ciudadanos WILBERT RAFAEL RAMOS HERNÁNDEZ, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, fecha de nacimiento 27-07-1986, estado civil Soltero, de profesión u oficio Taxista, titular de la cédula de identidad N° V-18.536.993, hijo de Wilmer Ramos (v) y Neysi Hernández (v) y residenciado en: Calle Bolívar de Mamo, casa Nro. 27, como a cinco casas de la Bodega de Douglas, casa de color Blanco, Catia la Mar, estado Vargas. Teléfono: 0414-3236587; JHONNY ALEXANDER GONZÁLEZ GARCÍA, titular de la.....