Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior del Circuito Civil de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano EDDAR CLEMENTE NAVARRO, parte agraviada, asistido por el abogado DAVID FERNANDO BRAVO MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.181, Defensor Público Provisorio Primero con Competencia en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado La Guaira, contra la decisión dictada en fecha tres (03) de noviembre de 2022, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, la cual declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano EDDAR CLEMENTE NAVA.....