CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ELVIS MAURELIS CABRERA OLAIZOLA y HUGO RAFAEL VIVENES venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Números V-8.176.557 y V-4.565.719 respectivamente, debidamente asistidos por la Profesional del Derecho JUDITH FAJARDO, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 104.623, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos ELVIS MAURELIS CABRERA OLAIZOLA y HUGO RAFAEL VIVENES, en fecha 25 de abril de 1986, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas, cuya Acta de Matrimonio corre inserta bajo el N°.48, folio 48 de la misma fecha.
En cuanto a su hija habida en el matrimonio de nombre, DAYROVIN DEYANIRA VIVENES CABRERA de diecisiete (17) años de edad, de conformidad con lo establecido en el artículo 351 de la Ley Or.....