Vista la solicitud presentada por la ciudadana ANA LUISA GUILARTE, los recaudos presentados, según la cual solicita autorización para Pasaporte y Viajar fuera del país en compañía de su hijo JUAN CARLOS REYES GUILARTE, para ser intervenido de una afección visual, en el marco del Convenio de Salud Cuba – Venezuela, este Juez Unipersonal N° 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, acuerda oficiar al Director de Extranjería, a fin de que se sirva expedir pasaporte al adolescente antes prenombrado, quedando autorizada la ciudadana ANA LUISA GUILARTE, titular de la Cédula de Identidad N° 6.327.007, madre del adolescente JUAN CARLOS REYES GUILARTE, para que realice por ante ese Despacho todas las gestiones pertinentes. De conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y el Adolescente se autoriza a la ciudadana ANA LUISA GUILARTE, madre del adolesc.....