ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogado NEVIDA VARGAS, en su carácter de Defensora Pública Segunda de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Vargas del ciudadano ANDRES JOSE ROZO CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-13.672.240, en contra de la decisión dictada en fecha 26 de abril de 2015, por el Juzgado Segundo de Violencia en función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual IMPUSO la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, contenida en el numeral 3 del artículo 242 del Código Penal y artículo 95 numeral 7 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, así como las medidas de protección y seguridad a favor de la víctima, previstas en el artículo 90 numerales 3, 5, 6, y 13 de la referida Ley por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 42 .....