declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION del recurso de apelación por la Abogada YUSMARA SOTO, Defensora Pública Primera del estado Vargas del ciudadano JOEL ALBERTO DELGADO MORENO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 24.806.208, en contra de la decisión dictada en fecha 29 de abril de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al referido ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, numerales 3 y 6 del Código Penal y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en virtud que en fecha 06/07/2016, en el acto de la Audiencia Preliminar, el referido acusado quedo condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, sustituyendo la Medida Privación.....