declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho LUIS BERBESI, Defensor Público Segundo, actuando en su carácter de defensor de los ciudadanos JEAN CARLOS MORALES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.830.587; ADELSO SAAVEDRA VARGAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.155.416 y AARÓN ALEXIS BRAVO CASTILLO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.960.208, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha 05 de Agosto de 2003, mediante la cual condenó al primero de los nombrados acusados a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS de PRISIÓN y a los dos últimos ONCE (11) AÑOS de PRISIÓN, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.