declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION de los Recursos de Apelación interpuestos, el primero por la Abogada LILIANA GUERRA COLMENARES, en su carácter de Fiscal Provisoria Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Vargas y el segundo por el Abogado DENNYS RICARDO MALDONADO, en su carácter de Defensor Público Primero de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Vargas de los ciudadanos EDUARDO ELIAS PARRA PINTO, LUIS RAMÓN PALACIOS, CARLOS JOEL ROJAS RAMÍREZ, FRANK ALEJANDRO NARVAEZ WETTER, WILLIAM JOSÉ LUCENA CASADIEGO y GLEYDIS JASMIN RENGIFO, identificados con la cédulas de identidad N° V-12.533.887, V-8.746.965, V-18.965.253, V-16.407.700, V-10.580.521 y V-22.347.837 respectivamente, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control de Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal, en fecha 28/10/2015, mediante la cual decretó LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVEN.....