DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITEsolo el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho ABG. ELIO DANIEL MUSTIOLA RIZO, en su carácter de Apoderado Judicial Especial de la Victima ciudadana NILDA OFELIA CASTRO PAREDES, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo Itinerante en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 13 de Octubre de 2022, mediante la cual decreto el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a los ciudadanos SORYSBEL EMILIA DAAL BONILLA, BARBARA GUISIANNA DAAL BINILLA y GUILLERMO ENRIQUE GARCIA HERRERA.....