CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control de este Circuito Judicial, en la que ratificó la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de los acusados DAVID FERNANDO GLOD ALEMAN y GREGORY ALBERTO GALÍNDEZ VILLALBA, por encontrarse llenos los extremos exigidos en los artículos 250 y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto.