acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Control Circunscripcional de fecha 08/08/2011, mediante la cual condenó al ciudadano ENYELBERG DANIEL MANZANILLA MORA, titular de la cédula de identidad Nº 20.560.224 a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ASALTO A UNIDAD COLECTIVA EN GRADO DE FRUSTRACION, y en su lugar se rebaja la misma a CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de ASALTO A UNIDAD COLECTIVA FRUSTRADO, previsto y sancionado en el tercer aparte del articulo 357, en concordancia con el 80 ambos del Código Penal, todo ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 462 en relación con la parte infine del artículo 467, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y queda igualmente CONDENADO a cumplir con la pena accesoria establecida en el artículo 16 numeral 1 del Código Penal vigente, se exime del pago de las costas procesales, en v.....