Declara SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por los Abogados BETSSY ROJAS y JUAN JOSE BARRIOS, en su carácter de defensores de confianza de los ciudadanos ALFREDO JOSE ROJAS PALACIOS y JOSE GREGORIO HERNANDEZ RAMOS, y el Profesional del Derecho RICARDO MESSINA, actuando en representación del ciudadano YHONATHAN SERRANO ALVARADO, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de Noviembre de 2008, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en detrimento de sus patrocinados, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, ordinales 1°, 2° y 3° y 251, numerales 2°, 3° y parágrafo primero, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 447, ordinal 4° y 450 ejúsdem.