DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por los abogados MARIA EVA CHACON MEJIAS y OMAR ARTURO SULBARAN, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control Circunscripcional mediante la cual acordó DECRETAR LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos ROLANDO GONZALEZ y JUAN CARLOS MIRCI, por encontrar llenos los extremos legales previstos en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.