DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión dictada en fecha 6 de diciembre de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos PALMAR PALMAR JOSÉ RODRÍGUEZ y MARTÍNEZ CORDOVA JOSÉ FÉLIX, titulares de la cedula de identidad Nº V.- 23.856.753 y V-24.754.628 respectivamente, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en los numerales 1, 4, 9 y primer aparte del artículo 453 del Código Penal y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 eiusdem, ello en virtud de encontrarse satisfechos los requisitos exi.....