CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial, en fecha 15MAY2003, en la que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional en la modalidad de Habeas Corpus, interpuesta por los Abogados MORRIS SIERRALTA, EDUARDO VALENZUELA y ANGEL MORILLO, a favor del ciudadano DOUGLAS PEREZ PEREZ, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 6 ordinal 1° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.