PRIMERO: ADMITE el recurso de revisión interpuesto por el Abogado FRAMIK ENRIQUE ROJAS, en su carácter de Defensor Publico Décimo Cuarto Penal Ordinario en Fase de Ejecución del Estado Vargas del ciudadano JUAN BAASDEN, en razón de la sentencia definitivamente firme publicada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal, en fecha 13/11/2009, en la que fue CONDENADO a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, el cual se encontraba previsto y sancionado en el encabezamiento del derogado artículo 31 de la ley Orgánica Contra el Tráfico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
SEGUNDO: Se ACUERDA suprimir la celebración de la audiencia oral y pública a que se contrae el primer aparte del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, ello a tenor de lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Ven.....