DECISIÓN
Por las razones expuestas la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por ininteligible el recurso de apelación planteado por el Abogado JESUS BLANCO VERDU, Defensor Privado de la ciudadana acusada LILIAN ABREU SANCHEZ, en contra de la sentencia pronunciada por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 21 de junio de 2011 y publicada el 30/06/2011, en la que CONDENO a la referida acusada, en aplicación del procedimiento por admisión de los hechos, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y a las penas accesorias establecidas en el numeral 1 del artículo 178 ejusdem.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia certi.....