DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por el Dr. LUIS GUILLEMRO RUIZ, en su carácter de defensor privado del ciudadano EXZARD MAURICIO BERNAL JIMENEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 12 de febrero de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual revocó la fórmula alternativa de cumplimiento de pena referida al establecimiento abierto, acordada por ese Juzgado en fecha 04 de octubre de 2007 al ciudadano referido, y ordenó su aprehensión; y en su lugar se MANTIENE vigente la decisión de fecha 4-10-2008, por lo que se acuerda la pre libertad del prenombrado penado. Quedando REVOC ADA la decisión recurrida.