Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada NANCY MARVELYS MARTINEZ BELLO, en su carácter de Defensora Privada de los ciudadanos UGUETO TEODORO AGUSTIN y FERNANDEZ MILLAN ARNALDO JOSE, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de Julio de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó al los precitados ciudadanos Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en los artículos 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3º, 9º y único aparte del mismo artículo todos del Código Penal, ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, INCLUSION DE NIÑOS Y ADOLESCENTES EN GRUPOS CRIMINA.....