Este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación intentado por la abogada ISAIR MARIN RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 53.798, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ejercido contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 11 de octubre de 2017, en consecuencia, se revoca la misma. Así se decide. SEGUNDO: Se ordena al A Quo emitir pronunciamiento sobre las medidas cautelares peticionadas de conformidad con los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.