Se declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, abogado CARLOS MEDINA MEZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.208, contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas en fecha 27 de octubre de 2014, en consecuencia, se confirma la decisión apelada, la cual declaró SIN LUGAR la causa que por INTERDICTO RESTITUTORIO POR DESPOJO incoara el ciudadano ERICK D`JESÚS ARAQUE LEAL, contra el ciudadano PEDRO ANTONIO CASTILLO, arriba identificados. Así se decide. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.