Este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Declara: IMPROCEDENTE la petición de "aclaratoria" planteada por la representación judicial de la parte demandada, respecto a la sentencia definitiva dictada por este Juzgado en fecha 31 de mayo de 2017. Así se decide.