Este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada ADA LEÓN, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°30.169, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, de fecha 08 de Diciembre de 2016, la cual declaró IMPROCEDENTE la solicitud de ejecución de la transacción judicial homologada por ese juzgado en fecha 16 de Mayo de 2016, la cual se confirma. Así se establece.