se declara INCOMPETENTE para conocer de la Acción de Amparo Sobrevenido, incoada por la ciudadana Heidy Carolina García Romero, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 13.823.897, en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil Joyería Samuel C.A., debidamente asistida por el profesional del derecho Pellegrino Cioffi Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 185.403, y declina su conocimiento en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Circuito Civil de la Circunscripción Judicial del estado Vargas; ordenando la remisión del cuaderno separado en su forma original, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) del Circuito Judicial Civil. Así se decide.