es por lo que, este tribunal dejando a salvo los derechos de terceros declara la presente solicitud TITULO SUPLETORIO, a favor de (la) (el) (los) (las) ciudadana (o) (s): OMAIRA JOSEFINA ROJAS, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Número (s). V- 2.524.208, para asegurar la posesión o algún derecho sobre las bienhechurìas, a que hace referencia en su escrito de solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, todo ello a fin de dar cumplimiento al principio constitucional de Tutela Judicial Efectiva, que se encuentra establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela