PRIMERO: LA INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer en segunda instancia de la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por la ciudadana INMACULADA CONCEPCIÓN GONZALEZ, contra el ciudadano SIXTO ROMERO, ambos ya identificados. Así se decide.
SEGUNDO: SE DECLINA la competencia al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial, del Estado Vargas. Así se establece.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de esta decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DEJESE COPIA CERTIFICADA.