Es criterio de quien juzga, en todo concorde con lo anteriormente expuesto, que habiéndose acumulado distintas pretensiones en el libelo de la demanda, cuyos procedimientos son incompatibles entre sí, y siendo esta materia de orden público es imperativo declarar INADMISIBLE la presente demanda de ACCIÓN REIVINDICATORIA, DAÑOS Y PERJUICIOS Y DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, interpuesta por la ciudadana YUSBELYS JANETT SILVA RADA, contra los ciudadanos LAURA PERALTA DE BELTRÁN, CARLOS OLLARVES y LAURA GELVES, antes identificados. Y así se decide.