Se declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano GEORGES KEVORK BARBAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.492.232, contra la ciudadana MIRI SARWE DE KEVORK, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-10.575.160, por consiguiente, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos GEORGES KEVORK BARBAR y MIRI SARWE DE KEVORK, celebrado ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas. Así se decide.