Se declara: Primero: Se DECRETA medida cautelar innominada solicitada por la accionante ALBA MARITZA MORALES SÁNCHEZ, debidamente asistida por la profesional del derecho MARIANA PALOMARES MORALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 36.704.
Segundo: Como consecuencia de la anterior declaración se ordena la SUSPENSIÓN de la medida acordada en la Asamblea de Propietarios y debidamente notificada a la accionante por la Junta de Condominio del Edificio Residencias Las Palmas, relativa a la decodificación de la llave que permite el acceso y uso de los ascensores, en tal sentido, se ordena activar la llave de la accionante en su condición de propietaria del PH-A, del Edificio Residencias Las Palmas. Así se decide.
Tercero: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del presente fallo.
Cuarto: Se acuerda librar Oficio a la Junta de Condominio del Edificio "Residencias Las Palmas", a fin de que procedan de forma inmediata a darle cumplimiento a la medida cautelar innominada .....