éste Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento celebrado entre las abogadas ROSAURA HERNANDEZ y MAIRIM ARVELO DE MONROY inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 49.614 y 39.623, respectivamente actuando en este acto bajo su carácter de Apoderadas Judiciales de la parte actora y los abogados ROGER ANTONIO AGUEY ALFONZO y WOLFANG MARTINEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 23.001 y 112.699, respectivamente, actuando en este acto bajo su carácter de Apoderados Judiciales de la co-demandada ciudadana ROSA ELENA MANRIQUE MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.490.266, en consecuencia, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho .....