Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, actuando en Sede Constitucional, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide así:
PRIMERO: declara INADMISIBLE la pretensión de Amparo Constitucional, interpuesto por el ciudadano PLINIO ANGULO INCIARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.426.301, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 28.645, actuando en su propio nombre y representación en contra CAPITÁN DE CORBETA LABRADOR COLMENARES, de conformidad con lo pautado en el artículo 6 numeral 5 de la ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por considerar este Tribunal que la solicitud de protección constituci.....