este Tribunal, Primero de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del La Guaira, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por ACCION MERODECLARATIVA (Reconocimiento de Unión Estable de Hecho) incoada por el ciudadano JORGE ENRIQUE HUALOTO BATALLAS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-23.565.088contra la ciudadana MIRIAM LUCILA PIÑANGO SUAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-3.888.869. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, se declara y reconoce como concubino al ciudadano JORGE ENRIQUE HUALOTO BATALLAS de la ciudadana MIRIAM LUCILA PIÑANGO SUAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-3.888.869, durante el periodo comprendido desde el 15 de marzo del año 2003 hasta el mes de .....