DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley: PRIMERO: Habiendo escuchado la exposición del Ministerio Publico luego de su imputación y los alegatos de la defensa, quien aquí decide Acoge a la precalificación jurídica presentada por la Fiscal del Ministerio Público, por el delito contenido en el artículo 3 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, que sanciona el delito de DESVALIJAMIENTO DEL VEHICULO AUTOMOTOR. SEGUNDO: Se Acuerda ventilar la presente causa por la vía del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección el Niño, Niña y de.....