DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del joven IDENTIFICACION OMITIDA conforme al artículo 33 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en virtud de resultar evidente una acción Promovida ilegalmente e incumplimiento de los requisitos para que proceda la presente acción penal es por ello que se Desestima la Acusación presentada por la Vindicta Pública y consecuencialmente se le otorga la Libertad Plena dejando sin efecto cualquier medida cautelar que se haya dictado en su contra.