Se acuerda sancionar a cumplir las sanciones de: Libertad Asistida así como Reglas de Conducta; consistiendo estas en las siguientes obligaciones: 1.-No consumir bebidas alcohólicas ni sustancias estupefacientes ni psicotrópicas. 2.-No portar ningún tipo de armas de fuego ni blanca; 3.- Continuar en el sistema educativa y laboral, a los fines de continuar con su proceso de formación personal y académica, consignando ante el Tribunal las respectivas constancias; 4.-Presentarse ante el ente que tenga que designar al tribunal de ejecución, por el lapso de Ocho (08) meses y Servicios a la Comunidad, por el período de 6 meses; sanciones que deben cumplirse de manera simultánea.