REVOCATORIA POR INCUMPLIMIENTO de las medidas cautelares menos gravosas dispuestas el 17/09/2004 a la joven IDENTIDAD OMITIDA, conforme al artículo 262 numerales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión del artículo 537 de la LOPNA, y consecuencialmente se declara en REBELDIA conforme al artículo 617 de la LOPNA ordenando su inmediata ubicación con Orden de Captura. Se Suspende el Proceso hasta tanto sea aprehendida esta joven está pendiente Audiencia Preliminar.