DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de revisión de medida efectuada en fecha: 26/03/14 por el Abg. JUAN GUEVARA, Defensor Público Segundo de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Estado Vargas, a favor del adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en las actas procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, SUTITUYENDO la medida cautelar sustitutiva de fianza, referida a la presentación de Dos (02) fiadores que tengan capacidad económica de 30 unidades tributarias cada uno en correspondencia con lo dispuesto en el artículo 582 literal "g", de la Ley Orgánica Para la Protec.....