ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del joven IDENTIDAD OMITIDA acusado por los delitos de ROBO AGRAVADO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, perpetrado a la luz de las previsiones contenidas en los artículos 458 y 218 ambos del Código Penal Venezolano, por haberse admitido parcialmente la acusación en su contra, y mantiene la medida cautelar, dictada por este Juzgado en fecha 17-04-2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, extendiéndose las mismas a cada (15) días, por ante el Tribunal de Juicio correspondiente.