Se declara Con Lugar la solicitud de la Fiscal del Ministerio Público, y se le impone a las adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el artículo 582 literal "C,F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que consisten en presentarse cada quince (15) días por ante este Tribunal en la oficina correspondiente y prohibición de acercarse ambas personas.