PRIMERO: SE ADMITE PARCIALMENTE EL LIBELO DE ACUSACIÓN, consignado por el Representante del Ministerio Público por llenar los requisitos del artículo 570 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 16 años de edad para el momento de los hechos, titular de la cédula de identidad Nº V-17.710.451, plenamente Identificado en autos, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1°, del Código Penal Vigente. Por cuanto los hechos narrados en el acta policial y actas de entrevistas del presente caso llenan los requisitos del tipo penal establecido en los artículos de la mencionada Ley. Asimismo en virtud que este Tribunal considera que dicho adolescente puede ser autor o participe de los siguientes hechos narrados mediante Acta Policial de fecha 19 de Agosto de 2004, suscrita por lo funcionarios adscritos al Cuerpo de Inves.....