ORDENA EL ENJUICIAMIENTO de los jóvenes acusados IDENTIDADES OMITIDAS, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, por haberse admitido totalmente la acusación en su contra con la calificación jurídica provisional del delito de DISTRIBUCIÒN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN MENOR CUANTÍA, previsto en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, y se le mantiene la cautelar menos gravosa de presentaciones cada ocho (08) días, decretada por este Tribunal en fecha 10-08-2012, esto con el fin de asegurar que estos jóvenes estén presentes ante el Tribunal de Juicio cuando sean convocados para el Debate Oral y Reservado, orden de enjuiciamiento conforme al artículo 578 literal a) de la LOPNNA