En base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA por el procedimiento de Admisión de Hechos, a los acusados IDENTIDADES OMITIDAS por encontrarlos penalmente responsables de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, y en consecuencia se le impone como sanción a cumplir en forma simultánea LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA para OSCAR por el lapso de UN (01) AÑO y SEIS (6) MESES, imponiéndole las Obligaciones siguientes: 1) Presentarse ante la persona que designe el Juez de Ejecución cada quince (15) días; 2) Cedularse de Inmediato y consignar copia además de traer copia de la partida de Nacimiento; 3) Incorporarse al Sistema Educativa y/o laboral debiendo consignar constancia cada tres (3) meses; y para la adolescente IDENTIDAD OMITI.....