se declara CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía y se IMPONE a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el artículo 582 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en las presentaciones cada treinta (30) días, por ante la Oficina de Presentaciones de este mismo Circuito Judicial Penal.