Decreta la ABSOLUCION al joven acusado IDENTIDAD OMITIDA identificado en el encabezamiento de esta decisión, de conformidad con el artículo 602 literal i) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 48 ordinal 1ro. Del Código Orgánico Procesal Penal, por la existencia de una causal de extinción de la acción penal como fue la muerte del acusado prenombrado.