DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al acusado IDENTIDAD OMTIDA, titular de la cédula de identidad No.24.802.327, por extinción de la acción penal, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el 103 del Código Penal.