Condena al ciudadano FELIX TADEO PADRON RUIZ suficientemente identificado, a cumplir la pena de Seis (06) Meses de Prisión, por la comisión del delito de Lesiones Personales Culposas graves, previsto y sancionado en los artículos 417 en concordancia con el 422 del Código Penal, con la agravante específica contenida en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, más las accesorias de ley, descritas en el artículo 16 ibidem.